Tú Aportas presenta la alegación en contra de los paseos en barca y la pesca sin muerte en el estanque de El Bosque

La modificación que pretende el Equipo de Gobierno supondría ir en contra del Plan Director de El Bosque y de la Ley de pesca de Castilla y León.
Una ocurrencia más del Alcalde que no valora el Patrimonio Arquitectónico y Cultural de la ciudad ni respeta El Bosque como atractivo turístico y motor de desarrollo

Tú Aportas ha presentado en el registro del Ayuntamiento de Béjar la alegación a la ordenanza Nº30/2017 que el Alcalde pretende modificar para que en El Bosque se instale un embarcadero y se pueda pescar en el estanque. 
Para la Agrupación de Electores esta medida que va en contra del Plan Director y de la Ley de Pesca de Castilla y León, supone un atentado contra el Patrimonio Cultural de la ciudad.  El Plan Director de El Bosque, en su página 30 del quinto volumen, es bastante explícito en este sentido al no considerar pertinente “la oferta de paseos en barca por el estanque, tanto por las reducidas dimensiones del mismo como por las afecciones que ello podría provocar (instalación de embarcadero en condiciones de seguridad adecuadas, accesibilidad a la isla…)”. Las repercusiones de este hecho, tanto por el control de accesos a las barcas, la seguridad de las propias barcas, el personal que debería estar formado en socorrismo acuático para prevenir posibles emergencias y la instalación de un embarcadero adecuado, podrían poner en peligro la integridad del Bien de Interés Cultural. Además, la construcción del propio embarcadero, podría suponer una flagrante vulneración del Plan General de Ordenación Urbana de Béjar, el cual en el catálogo de elementos protegidos, ficha nº 02, El Bosque, con grado de protección PI, en el apartado final “Medidas de protección, conservación y recuperación” se especifica: “Se prohíbe también toda construcción que pueda alterar el volumen, la tipología, la morfología, el cromatismo del B.I.C. o perturbe su contemplación”.
Respecto a la pesca sin muerte de las especies exóticas en el estanque, el artículo 5 de la Ley de Pesca de Castilla y León dice que: tendrán la consideración de especies exóticas invasoras aquellas que sean declaradas como tales por la legislación vigente en materia de conservación de la biodiversidad. Podrán ser objeto de medidas de gestión de pesca en las condiciones que se determinen reglamentariamente, dentro del marco que se establezca en la referida normativa. Las especies exóticas invasoras no se devolverán a las aguas cuando así lo establezca la legislación vigente.

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